Nacional

Despedir a educador por consumir licor fue una decisión correcta, dicen los magistrados

El docente puso un recurso de amparo alegando que el alcoholismo es una enfermedad, este fue rechazado

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Un educador, cuyo nombre no fue dado a conocer, interpuso un recurso de amparo contra el Ministerio de Educación porque lo despidieron por faltar a trabajar por tomar licor; sin embargo, los magistrados le dieron la razón al MEP.

En la resolución, dada a conocer este martes por la Corte Suprema de Justicia, se detalla que el educador interpuso el recurso el 22 de marzo de este año y en este explicó que fue despedido el 14 de marzo porque no se presentó a trabajar los días 25, 26, 27 y 28 de octubre de 2021 sin avisarle a su jefe.

El hombre detalla que fue despedido por su enfermedad, ya que es alcohólico, y que los días en los que no fue a trabajar sufrió de una crisis por consumir alcohol.

Además, dice que ha buscado ayuda en el Ministerio de Educación para superar ese problema, pero se le han negado.

Cuando los magistrados revisaron el caso, de dieron cuenta que esta no es la primera vez que el educador se ausenta por tomar licor, ya lo había hecho dos veces, pero se lo perdonaron por su padecimiento. Además, vieron que en realidad sí ha recibido apoyo para enfrentar su alcoholismo, incluso en mayo del 2019 tuvo una cita con una sicóloga, pero no asistió a las consultas de seguimiento que le asignó la especialista.

En cuanto a las ausencias, quedó demostrado que el 25 de octubre del 2021 no asistió a trabajar para ir a una reunión del sindicato de APSE y los tres días siguientes habría estado tomando licor. Los superiores del docente le explicaron el procedimiento para que justificara las ausencias, pero él nunca lo hizo, por lo que procedieron a despedirlo.

“En años anteriores se le había brindado atención por parte de un equipo profesional, como psicólogos, y tiempo después el recurrente dejó de asistir a las citas señaladas para colaborar en su caso. Por otra parte, pese a que la directora y subdirectora del colegio en una reunión le habían explicado el reglamento y procedimiento para la justificación de ausencias, no lo hizo en su momento. De igual forma, se observa que incluso se le eximió de responsabilidad disciplinaria en dos casos anteriores por hechos similares.

“Se observa que el patrono brindó al trabajador la posibilidad de tratarse y rehabilitarse antes de aplicar el régimen disciplinario, de modo que al no aprovechar tal oportunidad, aplicó la sanción correspondiente”, concluyó la Sala al declarar sin lugar el recurso.

Rocío Sandí

Rocío Sandí

Licenciada en Comunicación de Mercadeo de la Universidad Americana; Periodista de la Universidad Internacional de las Américas, con experiencia en Sucesos, Judiciales y Nacionales. Antes trabajó en La Nación y ADN Radio.

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