La Sala Constitucional se trajo abajo seis beneficios de la convención colectiva de la Municipalidad de Moravia, por considerar que son desproporcionales, esto según la sentencia N° 2019-21859 del 6 de noviembre pasado.
Según la Sala, el artículo 43 de la convención colectiva que autoriza el pago de cesantía por renuncia del trabajador después de 15 años de trabajo es desproporcional, ya que este pago se debe hacer en caso de despido. Además, en este caso se debe respetar el límite de 12 años dispuesto por la ley.
Por otro lado, se anuló el artículo 45, que permite el pago de cesantía por motivos de invalidez, pensión, o despido con responsabilidad patronal sin límite después de 15 años de trabajo, ya que la Sala considera que debe respetarse los 12 años dispuestos por las leyes.
También se volaron el artículo 47, donde se daba dinero para la compra de útiles escolares a los hijos de los trabajadores, pues la Sala considera que entregar un monto de dinero cuando no existe ninguna relación laboral con los beneficiarios no obedece a circunstancias razonables.
Otro de los artículos anulados es el 49, donde se entregaban ¢100 mil a la persona trabajadora por el fallecimiento de algún familiar.
El artículo 50, que establecía la entrega de becas para hijos de personas trabajadoras también se anuló porque se está dando un beneficio a personas que no tienen un vínculo laboral con la muni.
Finalmente, se vino abajo el artículo 52, que disponía ¢450 mil al año para desarrollar actividades deportivas, culturales, sociales y educativas entre los funcionarios municipales, porque es desproporcionado usar así los fondos públicos.