Sucesos

Bebé robada: Sala IV condena a Ministerio Público, PANI y CCSS por caso de Keibril

Los magistrados aseguraron que dichas entidades no actuaron de forma correcta antes de que se diera la sustracción de la bebita Keibril García

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La Sala Constitucional declaró parcialmente con lugar un recurso de amparo presentado contra el Patronato Nacional de la Infancia (PANI), la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Ministerio Público por una serie de acciones que repercutieron en la desaparición de la bebé Keibril García Amador.

En la sesión de este viernes, los magistrados resolvieron el recurso de amparo presentado a favor de la bebé, que fue robada, el pasado 9 de enero en Cervantes de Cartago, a su madre que también es menor de edad.

“Los magistrados consideraron que hubo una lesión a los derechos fundamentales de las menores tuteladas, pues existió una concatenación de deficiencias por parte de la Caja Costarricense de Seguro Social, el Ministerio Público y el Patronato Nacional de la Infancia, en sus deberes de protección de los derechos de las menores de edad involucradas”, señaló la Sala Cuarta.

En la sentencia N° 2023-18906, los altos jueces condenaron a las mencionadas instituciones al pago de las costas, daños y perjuicios que causaron con sus acciones u omisiones en este sonado caso que aún no ha sido resuelto.

PANI no vigiló

En cuanto al PANI, los magistrados consideraron que hubo una conducta omisiva en cuanto a la vigilancia de la bebita y su madre desde el año 2021 y hasta la desaparición de la chiquita.

“Ese ente público tuvo conocimiento temprano de la situación polémica, compleja y disfuncional del entorno familiar de las menores amparadas, su condición de riesgo y vulnerabilidad, que ameritaba una atención y abordaje continuo. Para la Sala Constitucional, las conductas del PANI no constituyeron un tratamiento, ni una atención fluida, constante, eficiente y efectiva para el tipo de problemática de la que tenía conocimiento”.

No presentaron denuncia

La Sala IV también rechazó el argumento presentado por la presidenta ejecutiva de la CCSS y la directora general del hospital Max Peralta de Cartago, que indicaba que debido a que el PANI ya conocía la situación de ambas menores no debían activar el protocolo referente a sospechas de maltrato, abuso o violencia contra persona menor de edad, ni presentar la respectiva denuncia ante la autoridades judicial competente.

*“La sentencia señala que, aunque existía una denuncia penal previa por parte del PANI ante la el Ministerio Público, la CCSS no estaba eximida de plantear la correspondiente denuncia penal”.

Fiscalía regañada

La Fiscalía de Cartago también se llevó su buena regañada, pues los magistrados señalaron que la decisión de dicha entidad permitió de alguna manera que el sospechoso de robarse a la bebé, apellidado Casasola Salas, quien es su padre, no fuera objeto de una persecución penal durante el año 2022.

“Permitiéndole de alguna manera afianzarse dentro del círculo familiar de la menor tutelada, concediéndose un espacio de estrecha cercanía con su víctima y así poder planear los hechos que dieron como resultado la causa penal N° 23-001476-0058-PE, iniciada el 09 de abril de 2023″.

*Según la Sala Cuarta, en la Fiscalía existieron conductas que no lograron esclarecer en forma temprana la situación y no fue sino hasta la desaparición de la bebé que empezaron a investigar el presunto abuso sexual del que habría sido víctima su madre.

*El paradero de la pequeña Keibril, quien cumplió su primer añito el pasado 10 de julio, sigue siendo un misterio a la fecha.

Adrián Galeano Calvo

Adrián Galeano Calvo

Periodista de Sucesos y Judiciales en el periódico La Teja desde 2017. Cuenta con un bachillerato en Relaciones Públicas de la Universidad Latina y una licenciatura en Comunicación de Mercadeo de la UAM. En el 2022 recibió el premio a periodista del año del periódico La Teja.

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