Sucesos

Ojos Bellos queda libre en juicio por muerte de niña porque Fiscalía no encontró testigos

El otro imputado del caso aceptó los cargos y recibió una condena de 13 años

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Dinier Estrada Jiménez, más conocido como Ojos Bellos, salió libre del juicio en el que se le acusaba por el homicidio de una niña, ya que la Fiscalía no encontró a los dos testigos que debían declarar contra él.

Así lo dio a conocer el Ministerio Público este miércoles por medio de un comunicado de prensa.

La autoridad judicial detalló que, amparada en el principio de objetividad, el fiscal a cargo del caso solicitó la absolutoria de Estrada, pese a que en la acusación se contó con el grado de probabilidad suficiente para acreditar que habría participado en los hechos que dieron muerte a la menor.

“La petición se realizó porque, lamentablemente, no fue posible ubicar a dos testigos presenciales de los hechos, para que declararan durante el juicio, a pesar de las diligencias llevadas a cabo por ese despacho y por el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) para localizarlos”, añadieron en el comunicado.

Condena para el otro imputado

Una suerte distinta tuvo el otro imputado en el caso, un sujeto de apellidos Rivas Picado, quien decidió aceptar los cargos y así evitar el juicio. Él fue condenado el lunes anterior a 13 años de prisión por el Tribunal Penal de Limón.

El sujeto admitió que, el 17 de diciembre del 2010, en barrio Limoncito de Limón, él iba a bordo de un carro que protagonizó una persecución a otro vehículo.

Quedó demostrado que Rivas disparó a un hombre que viajaba en ese otro auto y, producto del tiroteo, la pequeña que regresaba de la escuela resultó herida y poco después murió. Ella estaba a solo 25 metros de su casa.

Esta era la tercera vez que se lleva a cabo un juicio por la muerte de la menor. En un primer debate ambos acusados fueron condenados a 33 años de prisión; sin embargo, el Tribunal de Apelación de Cartago anuló el fallo por “ineficiencia de la sentencia”. Esa decisión la tomaron el 11 de marzo del 2016.

En un segundo juicio, que concluyó el 8 de diciembre del 2016, el Tribunal Penal de Limón absolvió a Estrada y Rivas por dudas sobre su participación en la balacera que propició la muerte de la menor.

Entonces el Ministerio Público apeló ante el Tribunal de Apelación de Goicoechea, el cual le dio la razón al anular la sentencia y ordenar un nuevo juicio al considerar que hubo una “incorrecta aplicación del principio ‘in dubio pro reo’ (ante la existencia de duda, a favor del reo)”.

El debate inició el lunes anterior, pero al final solo se juzgó a Ojos Bellos porque, como dijimos, Rivas se sometió a un proceso abreviado.

Rocío Sandí

Rocío Sandí

Licenciada en Comunicación de Mercadeo de la Universidad Americana; Periodista de la Universidad Internacional de las Américas, con experiencia en Sucesos, Judiciales y Nacionales. Antes trabajó en La Nación y ADN Radio.

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