Sucesos

OPINIÓN: La cancha hace rato está marcada, los oficiales de policía y tránsito sí pueden ser grabados

La Sala IV estableció, eso sí, que quien hace el video no puede entorpecer la labor de las autoridades

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Policías y ciudadanos se graban

Junto a las restricciones a causa del coronavirus han brotado los videos en Facebook y en medios de comunicación de enfrentamientos entre oficiales con choferes, acompañantes, o chepitos que se se acercan a grabar.

Estos pulsos ya son viejos, sin embargo, a raíz de la pandemia se han convertido en una especie de virus en el que afloran las amenazas y el desconocimiento.

La Teja, en su edición impresa de este sábado 9 de mayo, les recordó a cada grupo (autoridades y ciudadanos) las reglas del juego.

La Sala Cuarta dijo desde julio del año pasado que cualquier persona puede grabar a un policía y los oficiales no se lo pueden prohibir. Eso sí, quien está filmando no puede entorpecer la labor de los policías.

Warner Nájera, asesor legal del Ministerio de Seguridad, dice que en caso de que un policía necesite hacer una grabación debe informarle a la persona que está siendo grabada.

Sin embargo, recuerde que las grabaciones no están por la libre. “La fotografía o la imagen de una persona no puede ser publicada, reproducida, expuesta ni vendida en forma alguna si no es con su consentimiento, a menos que la reproducción esté justificada por la notoriedad de aquella, la función pública que desempeñe, las necesidades de justicia o de policía, o cuando tal reproducción se relacione con hechos, acontecimientos o ceremonias de interés público o que tengan lugar en público”, detalla el artículo 47 de Código Civil.

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